Responsabilizar penalmente a personas jurídicas, propuso el diputado Alejandro Arias

Presentó una iniciativa para incluir en el Código Penal un catálogo de 41 delitos por los que podrían ser imputadas, sea una sociedad, corporación, empresa o institución.

Política22 de noviembre de 2024 Redacción
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Para poner un alto a empresas “que sin recato alguno se dedican a defraudar personas”, el diputado Alejandro Arias presentó una iniciativa poder responsabilizar penalmente a personas jurídicas que cometan ese y otros delitos.

Se trata de una reforma al Código Penal para incluir un catálogo de 41 delitos por los que podría ser imputada una persona jurídica -sea una sociedad, corporación, empresa o institución-, si se cometieron a su nombre, por su cuenta, en su beneficio o a través de los medios que proporcionan a sus empleados.

Entre los delitos que figuran en la lista destacan el fraude, homicidio, cobranza extrajudicial, extorsiones, secuestros, tráfico de menores, lenocinio y defraudación fiscal, entre otros y, de aprobarse la Iniciativa, se contará con una herramienta para abatir la impunidad con la que operan empresas utilizadas para cometer un sinfín de delitos en perjuicio de la población.

Al exponer las motivaciones de su propuesta, Arias Ávila subrayó que no se ha incluido ese catálogo de delitos en el Código Penal, “por lo que a la fecha es jurídicamente imposible atribuir responsabilidad penal a una o varias personas jurídicas, salvo a sus integrantes como personas físicas”.

Y que eso ha permitido que pululen instituciones de ahorro que engañan a personas a las que ofrecen mejores intereses que la banca comercial, así como empresas dedicadas al préstamo fácil para luego extorsionar a deudores, sin que se pueda proceder penalmente en su contra.

Con la inclusión del catálogo de delitos se armoniza el Código Penal con el Código Nacional de Procedimientos Penales, el cual establece, en su artículo 421, que “las personas jurídicas serán penalmente responsables únicamente por la comisión de los delitos previstos en el catálogo dispuesto en la legislación penal de la Federación y de las entidades federativas”.

Dijo que con la Iniciativa que será factible proceder contra las personas físicas y contra la empresa misma, a la que se le podrán aplicar consecuencias jurídicas establecidas en el Código Nacional de Procedimientos Penales.

El coordinador del GPPRI puntualizó que su propuesta también establece la posibilidad de exclusión de responsabilidad, cuando haya una observancia adecuada de la persona jurídica sobre el debido control en su organización, a efecto de fomentar la implementación de programas para prevención de delitos en su interior.

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