Tipificar y castigar confabulación para delinquir, propone Alejandro Arias al Congreso del Estado

El diputado Alejandro Arias, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; propuso incluir en el Código Penal la figura de confabulación para delinquir, un tipo penal anticipado o de protección con el propósito de avanzar en el combate al delito y abarcar la fase de su preparación y no esperar hasta que se asesine o cometa un secuestro en aras del supuesto garantismo penal.

Política10 de octubre de 2024 Redacción
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El diputado Alejandro Arias, coordinador del Grupo Parlamentario del PRI; propuso incluir en el Código Penal la figura de confabulación para delinquir, un tipo penal anticipado o de protección con el propósito de avanzar en el combate al delito y abarcar la fase de su preparación y no esperar hasta que se asesine o cometa un secuestro en aras del supuesto garantismo penal.

 La propuesta legislativa del coordinador del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (GPPRI) plantea que la confabulación se aplique sólo a los delitos que se considera causan mayor alarma social, algunos vinculados con el crimen organizado, como son:

 Ejecuciones, feminicidios, homicidio en relación de parentesco, secuestro, trata de personas, cobro de piso, violación, robo, robo calificado, tráfico de menores y desaparición forzada de personas. 
 Ante el Pleno de la LXVI Legislatura, explicó que, hoy, si se asegura a una persona y en su celular se descubren mensajes de los que se desprende que está en comunicación con otra para confabularse y cometer cierto delito, sin acreditar que pertenece a una organización delictiva, no puede ser puesta a disposición del M.P. 

 En casos como el anterior, lo que procede es una sanción administrativa, “no obstante que haya información sobre la futura comisión de un delito”, abundó Arias Ávila. 

 Subrayó que con su propuesta lo que se pretende es “resolver un problema concreto” a fin de que cuando se está frente a una confabulación para cometer un delito, esos actos, considerados como preparatorios, se puedan sancionar penalmente. 

 La Iniciativa plantea que, en el Título Primero del Código Penal, “De los delitos contra la seguridad pública”, contenidos en el Capítulo II, también se incluya la Confabulación para delinquir. 

 Sería “un incentivo más” para elementos de seguridad pública en detenciones en las que se descubre información sobre una confabulación, en la que se sanciona por el sólo hecho de participar en ella, no en una organización delictiva, como se prevé en la figura de asociación delictuosa.

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