Liberan a Abraham Oseguera, 'Don Rodo', hermano de 'El Mencho'

La madrugada de este martes 30 de abril, cerca de las 01:00 horas, Abraham Oseguera Cervantes, mejor conocido como "Don Rodo", hermano del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación, Nemesio Oseguera "El Mencho", quedó en libertad del Penal del Altiplano.

Política30 de abril de 2024 Redacción
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La madrugada de este martes 30 de abril, cerca de las 01:00 horas, Abraham Oseguera Cervantes, mejor conocido como "Don Rodo", hermano del líder del Cártel Jalisco Nueva Generación, Nemesio Oseguera "El Mencho", quedó en libertad del Penal del Altiplano. 

Abraham Oseguera fue liberado luego que la Fiscalía General de la República no pudiera armar otra causa penal para mantenerlo en prisión. Desde la madrugada del domingo pasado, "Don Rodo" se encontraba detenido en el Centro Federal de Readaptación Social Número 1, tras la decisión del juez de ordenar su libertad inmediata debido a las irregularidades cometidas durante su detención en Autlán de Navarro, municipio en Jalisco.

"El juez de distrito, Rogelio León Díaz Villarreal, decretó no vincularlo a proceso y en consecuencia ordenó su inmediata liberación. Esta decisión la tomó el juez a las 04:25 horas del pasado 28 de abril. El juzgador no tomó en cuenta las pruebas presentadas por la FGR. En cambio, admitió y dio validez plena a indicios de la defensa, videos editados y segmentados en los que se presume una manipulación. Por tratarse de un asunto de relevancia, el día de ayer se solicitó a la SCJN su intervención a fin de que se revise el proceso y se ordenen las acciones necesarias para evitar que se sustrajera de la justicia. Ante ello, el máximo tribunal respondió por escrito al Gobierno de México justificando el actuar del juez. Paralelamente se solicitó a las autoridades estadounidenses información, proceso o denuncias pendientes en contra de Oseguera Cervantes con la finalidad de no ser omisos en la colaboración binacional en la lucha contra las drogas y el tráfico de armas. Como se ha dicho en este caso, es de los más importantes y delicados que enfrenta la justicia mexicana por la relevancia de la persona en la estructura criminal del CJNG, se trata de un asunto de Estado que podría afectar gravemente el prestigio de las instituciones en México, como sucedió cuando se dejó en libertad a Rafael Caro Quintero, en 2013", informó Rosa Icela Rodríguez, titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. 

 "El día de ayer, las autoridades estadounidenses dieron respuesta por escrito sin confirmar algún proceso u orden pendiente en contra del detenido, por lo que fue puesto en libertad durante la noche en los términos ordenados por el juez.", informó la titular de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana. 

Con base en tres videos presentados por la defensa dos horas antes del inicio de la audiencia de continuación, el domingo 28 de abril, el Juez Díaz Villarreal, decretó la No Vinculación a Proceso en favor de Abraham "N", "Don Rodo", ordenando en consecuencia su inmediata libertad del Cefereso 1. 

La FGR presentará el recurso de apelación contra esta determinación, informaron también en la conferencia matutina desde Palacio Nacional.

Principales argumentos del juez Díaz Villarreal en el caso 'Don Rodo'

El juez Díaz Villarreal tomó como principales argumentos algunos como los que a continuación te presentamos: 

  • Consideró inverosímil que una persona de 71 años se encontrara a esas horas (03:48) altamente armado y con ese narcótico (2 mil 11 pastillas de fentanilo y 38 gr. de cocaína); que en la lógica, si fuera una persona que vendiera estupefacientes las tendría en su casa y no en su cuerpo.
  • Estimó que Abraham "N" no estaba en condiciones de cargar un arma larga por su salud, basándose en una simple opinión del médico que ofreció el detenido como testigo y no a través de un dictamen pericial imparcial; sin embargo, el propio médico, ante los cuestionamientos del MP, refirió que sí podía cargar hasta 5 kilos.
  • Concluyó que existió una variación de hechos entre lo manifestado en el IPH y los videos aportados por la defensa, a pesar de que estos estaban segmentados y muy posiblemente editados a conveniencia. ​
  • Refirió que en los videos no se advierte la posibilidad de que el detenido haya podido correr hacia el domicilio, en atención a sus condiciones físicas y de salud.
  • Consideró que en los videos tampoco se desprende que Abraham "N" estuviera armado afuera de su casa y por el contrario, sí se aprecia cuando los elementos de la GN lo sacan de la misma. Esto es así, ya que el video presentado únicamente contempla los 15 segundos previos al ingreso de la GN al domicilio.
  • Aceptó como válidos los videos sin tomar en cuenta que el perito en informática, ofrecido por la defensa, admitió que los videos podían estar editados o modificados al no contener el código que, en todo caso, revelaría si fueron o no manipulados previamente. 
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