
Fortalecen marco legal para dar mayor certeza a las atribuciones de los gobiernos municipales

Con el objetivo de brindar mayor claridad a las atribuciones de las autoridades municipales, fortalecer la organización administrativa y mejorar la aplicación de las disposiciones legales, la 66 Legislatura del Congreso del Estado aprobó reformas a la Ley para el Gobierno y Administración de los Municipios del Estado de Guanajuato.
Las modificaciones contemplan ajustes en materia de desarrollo urbano, expedición de documentos oficiales, regulación de las ausencias de autoridades municipales y presentación de programas de trabajo, con la finalidad de dar mayor certeza jurídica a las funciones de los gobiernos municipales.
En materia de desarrollo urbano, se establece expresamente que la Comisión encargada de esta materia podrá opinar sobre el destino de las áreas de donación de los fraccionamientos y desarrollos en condominio, con lo que se busca precisar sus atribuciones en los asuntos relacionados con el ordenamiento territorial.
Por otra parte, se armonizan las disposiciones relativas a la expedición de constancias de residencia, cartas de origen y constancias de identidad, a fin de establecer con claridad las responsabilidades de las autoridades municipales encargadas de emitir dichos documentos.
En ese sentido, se precisa que la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento deberá auxiliar a la persona titular de la presidencia municipal con la información necesaria para expedir las constancias de residencia, cartas de origen y constancias de identidad.
Asimismo, se establece que, en ausencia de la persona titular de la presidencia municipal, dichos documentos serán expedidos por la persona funcionaria que se encuentre facultada mediante acuerdo del Ayuntamiento.
En otro aspecto, se modifica la regulación de las ausencias de la persona titular de la Secretaría del Ayuntamiento, para establecer que aquellas de hasta quince días se sujetarán a lo dispuesto en el reglamento respectivo, mientras que las que excedan ese periodo se regularán conforme a las disposiciones legales correspondientes.
Finalmente, se reforman las disposiciones relacionadas con las obligaciones de la persona titular de la Contraloría Municipal, para establecer que deberá presentar al Ayuntamiento, durante el mes de enero, el programa de trabajo y el programa de auditorías y revisiones anuales, así como el presupuesto que habrá de ejercer para el cumplimiento de dichos programas.


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