Revisan propuestas en materia de abuso sexual y responsabilidad civil por bienes o servicios defectuosos

Entre los trabajos, se analizaron dos iniciativas de reforma al Código Penal en materia de abuso sexual. Con la primera se pretende establecer que a quien sin consentimiento de una persona ejecute en ella o le haga ejecutar para sí o en otra persona actos sexuales. La segunda, pretende modificar el tipo penal de abuso sexual incorporando su definición, precisando que puede darse en el ámbito público o privado, definiendo los actos sexuales constitutivos del tipo penal, así como precisando que el consentimiento no puede presumirse. 
Política23 de julio de 2026 Redacción

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Esta mañana, convocadas por la Comisión de Justicia, se llevaron a cabo dos mesas de trabajo para analizar diversas iniciativas.

Abuso sexual

En primera instancia, se analizaron dos iniciativas de reforma al Código Penal en materia de abuso sexual. Con la primera se pretende establecer que a quien sin consentimiento de una persona ejecute en ella o le haga ejecutar para sí o en otra persona actos sexuales. Además, se propone incluir que se entiende por actos sexuales los tocamientos o manoseos corporales obscenos, o los que representen actos explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.

También que se considera abuso sexual cuando se obligue a la víctima a observar un acto sexual o a exhibir su cuerpo sin su consentimiento.

La segunda, pretende modificar el tipo penal de abuso sexual incorporando su definición, precisando que puede darse en el ámbito público o privado, definiendo los actos sexuales constitutivos del tipo penal, así como precisando que el consentimiento no puede presumirse. 

Adicionalmente, propone en línea con la propuesta federal, homologar el piso mínimo de la pena a 3 años, así como la obligación de acudir a talleres reeducativos con perspectiva de género y no violencia contra las mujeres, así como la reparación integral en términos de la Ley de Víctimas. Asimismo, que ese delito se persiga de oficio y se establezca una serie de agravantes concretos. 

De manera general se comentó que se coincidía con la propuesta de homologación del orden jurídico local con el federal a fin de fortalecer la tipificación del Código Penal; que se deben evitar ambigüedades en la descripción exacta de la conducta, ya que, en la reforma al Código Penal Federal, se señala como abuso sexual cualquier acto de naturaleza sexual, y en la iniciativa solamente se consigna acto sexual; que la adopción de las reformas sea propia al ordenamiento penal estatal porque de hacerlo igual que el federal puede generar disonancias;

El diputado Rolando Fortino Alcántar Rojas comentó que la iniciativa tiene un objeto claro: proteger la integridad de las personas, armonizándola con los criterios acordados a nivel federal, dotar de mayor certeza jurídica y consolidar un texto normativo técnicamente sólido para defender a las personas de las conductas que atenten contra su libertad sexual.

Finalmente, el legislador Carlos Abraham Ramos Sotomayor coincidió con su antecesor y subrayó que los comentarios vertidos serán tomados en cuenta para la dictaminación de la propuesta legal.

En la reunión estuvieron presentes las personas diputadas Carlos Abraham Ramos Sotomayor, Susana Bermúdez Cano y Rolando Fortino Alcántar Rojas. Además, los acompañaron representantes de la Fiscalía General, de la Consejería Jurídica y de la Procuraduría de los Derechos Humanos.

Responsabilidad civil por bienes o servicios defectuosos

En una segunda mesa, se analizó una iniciativa de reforma al Código Civil para incorporar un capítulo sobre responsabilidad civil por bienes o servicios defectuosos, a fin de generar condiciones de mayor seguridad jurídica para consumidores y proveedores.

Se comentó que para la ciudadanía significa contar con un instrumento claro para reclamar los daños ocasionados por productos o servicios defectuosos, lo que a su vez desincentiva prácticas negligentes y fomenta la calidad en la producción y comercialización; mientras que, para el sector empresarial, lejos de representar una carga excesiva, la reforma fortalece la confianza en el mercado y promueve la competitividad, al premiar a quienes cumplen con estándares de seguridad y responsabilidad.

De manera general, se comentó que el Código Civil local ya regula el daño moral, la responsabilidad civil, las indemnizaciones, así como las reparaciones de daños y perjuicios. En cuanto a los daños personales y materiales, existe una regulación en la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que se estima que se debe valorar la propuesta y realizar una revisión exhaustiva respecto a la actual regulación en la codificación civil, a fin de evitar una duplicidad normativa.

La diputada Susana Bermúdez Cano manifestó que subsisten aspectos de fondo que requieren revisión, como delimitar con mayor precisión el ámbito competencial entre la federación y el estado, así como atender las observaciones de técnica legislativa señaladas, por lo que se debe profundizar para poder avanzar en la propuesta.

En la reunión estuvieron presentes las personas diputadas Carlos Abraham Ramos Sotomayor, Susana Bermúdez Cano y Rolando Fortino Alcántar Rojas. Además, los acompañaron representantes de la Consejería Jurídica y del Instituto de Investigaciones Legislativas.

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