Congreso de Guanajuato endurece penas por violencia familiar y amplía sanciones agravadas

Con estas modificaciones se eleva la pena de prisión; pasa de 1 a 6 años a 1 a 9 años de prisión y de veinte a noventa días de multa. Además, se precisa que cuando el responsable del delito de violencia familiar agravado se le impondrá de tres a doce años de prisión y de treinta a ciento veinte días multa, y se perseguirá por oficio. Además, se deroga el artículo 221 b.
 
Política27 de febrero de 2026 Redacción
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Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso local aprobó reformas al Código Penal estatal para endurecer el castigo por el delito de violencia familiar.

Con estas modificaciones se eleva la pena de prisión; pasa de 1 a 6 años a 1 a 9 años de prisión y de veinte a noventa días de multa. Además, se precisa que cuando el responsable del delito de violencia familiar agravado se le impondrá de tres a doce años de prisión y de treinta a ciento veinte días multa, y se perseguirá por oficio. Además, se deroga el artículo 221 b.

Al presentar el dictamen, la diputada Susana Bermúdez Cano manifestó que la violencia familiar constituye una de las principales manifestaciones de violencia estructural y de género no solo en el país y en el estado de Guanajuato, sino a nivel internacional.

Remarcó que no se puede mirar hacia otro lado, pues quienes viven esa realidad, que no se limita solo al daño físico, sino que también se manifiesta con agresiones psicológicas, sexuales, económicas, que generan consecuencias muy graves a largo plazo en la salud mental y el bienestar de las víctimas.

Bermúdez Cano señaló que con la propuesta se incrementan las penas para el tipo básico del delito de violencia familiar y la incorporación de la multa como sanción, así como supuestos agravados. Externó que, a pesar de los esfuerzos legislativos, no se ha garantizado una sanción efectiva para el agresor, pues al tratarse de un delito que es sancionado con penas que permiten la suspensión condicional del proceso no ha sido suficiente para disuadir al agresor.

La legisladora remarcó que la propuesta resulta acorde a la realidad social y no solo refleja la sensibilidad ante una realidad profundamente dolorosa, sino la congruencia entre el discurso y la acción.

Para hablar a favor del dictamen hicieron uso de la tribuna las diputadas Martha Edith Moreno Valencia y María Eugenia García Oliveros, así como el diputado Rolando Fortino Alcántar Rojas.

Moreno Valencia externó que se atiende una realidad que, aunque a menudo ocurre puertas cerradas, sacude los cimientos más profundos de la comunidad: la familia. Argumentó que la norma jurídica no es un instrumento estático, debe evolucionar para mantenerse acorde a la realidad que pretende regular y la realidad actual golpea con cifras alarmantes, dijo.

En ese sentido, comentó que entre los años 2016 y 2024 las carpetas de investigación por violencia familiar en el estado se incrementaron con un 43.33% y que más doloroso aún era observar que en el año 2024 más de 3,000 de estas víctimas eran menores de 18 años.

Enfatizó que Guanajuato se sitúa en el cuarto lugar a nivel nacional en incidencia de ese delito, por lo que ante ese panorama el silencio no es una opción, y el Estado tiene la obligación ineludible de garantizar vivir en un entorno libre de violencia. Añadió que la iniciativa busca precisamente establecer una política de cero tolerancia, al proponer un incremento de las penas llevándolas de un máximo de 6 a 9 años en el tipo básico y hasta 12 años en supuestos agravados.

Moreno Valencia resaltó que se busca enviar un mensaje claro: la impunidad no tiene lugar en el hogar, ya no basta con sanciones que permitan salidas alternas fáciles para el agresor, se necesitan sanciones efectivas y ejemplares que actúen como un verdadero disuasivo. Además, remarcó que se elimina la violencia física como requisito exclusivo para la persecución oficiosa del delito.

Por su parte, la congresista María Eugenia García Oliveros manifestó que, a pesar de la elevada incidencia de ese delito, la norma penal actualmente no garantiza sanciones efectivas, pues las penas que se contemplan permiten la suspensión condicional del proceso, poniendo en peligro a las víctimas que en la mayoría de los casos son mujeres, niñas, niños y adolescentes.

Puntualizó que, como actualmente se encuentra la norma, el agresor puede acceder con mayor facilidad a los mecanismos alternos sin que exista una verdadera garantía de cambio de conducta ni de protección efectiva para las víctimas. Asimismo, comentó que elevar la pena no significa renunciar a la reinserción sino asegurar que la respuesta del Estado sea proporcional a la gravedad del daño y que la suspensión condicional no se convierta en un mensaje de impunidad.

Finalmente, enfatizó que su deber como personas legisladoras es garantizar que las herramientas jurídicas prioricen la seguridad y la dignidad de quienes sufren violencia, en este caso, en su mayoría las infancias y las mujeres.

El legislador Rolando Fortino Alcántar Rojas apuntó que la violencia ejercida en el ámbito familiar no puede entenderse como un desacuerdo doméstico ni como una controversia íntima, ajena al interés público, ya que se compromete la vida y la integridad física y psicológica, que constituyen supuestos indispensables para el ejercicio de cualquier otro derecho.

Agregó que la agresión reiterada, la amenaza constante o el control coercitivo no son meras tensiones de relaciones; son conductas que degradan la dignidad humana y colocan a la víctima en un estado permanente de riesgo, miedo y subordinación.

“Si reconocemos que la violencia familiar no es un asunto privado, sino una lesión directa a derechos fundamentales, entonces la respuesta del Estado no puede ser declarativa; debe ser jurídicamente consistente, proporcional y orientada a la protección efectiva de las víctimas”, enfatizó.

Externó que cuando la experiencia demuestra que determinadas respuestas procesales o sanciones resultan ineficaces para contener la reiteración de la violencia, el legislador tiene la obligación de revisar el diseño institucional y fortalecer los mecanismos de disuasión.

Alcántar Rojas subrayó que el reconocimiento de supuestos agravados y la previsión de persecución oficiosa no son concesiones punitivas, sino medidas de protección reforzada acordes con el mandato constitucional y convencional de prevenir, sancionar y erradicar las violencias.

Finalmente, remarcó que, en materia de violencia familiar, es indispensable romper ciclos de impunidad y normalización.

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