Reformas al Código Civil consolidan la adopción plena como única modalidad

Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Civil para el Estado de Guanajuato, para derogar la adopción simple, y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, para precisar que la adopción será plena e irrevocable.

Política05 de diciembre de 2025 Redacción
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Por unanimidad de votos, el Pleno del Congreso del Estado aprobó reformas al Código Civil para el Estado de Guanajuato, para derogar la adopción simple, y a la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Guanajuato, para precisar que la adopción será plena e irrevocable.

Las modificaciones a la norma civil también establecen que la ley no reconoce más parentesco que los de consanguinidad y afinidad; que, en la adopción, el parentesco confiere los mismos derechos y obligaciones que los derivados del parentesco consanguíneo; que con la adopción, la persona adoptada se integra plenamente como miembro de la familia del adoptante, adquiriendo lazos de parentesco con todos los parientes de éste, como si hubiera filiación consanguínea. Correlativamente se extinguirán todos los vínculos consanguíneos con la familia de la persona adoptada, subsistiendo los impedimentos para contraer matrimonio.

Finalmente se añade que la adopción es plena e irrevocable cuando cause ejecutoria la sentencia que la pronuncie.

Como autora del dictamen, la diputada María Eugenia García Oliveros indicó que la adopción tiene como objetivo fundamental velar por interés superior del niño y amparar su derecho de vivir y desarrollarse en el seno de una familia que le brinde afecto y le procure los cuidados tendientes a satisfacer sus necesidades espirituales y materiales cuando ellos no puedan ser proporcionado por su familia de origen.

Argumentó que suprimir la adopción simple es fundamental para que el adoptado pueda tener un desarrollo pleno e integral en el seno de una familia permanente y estable. Agregó que valoraron cada una de las opiniones que se compartieron y que quienes dictaminaron coincidían en la eliminación de la figura de parentesco civil.

Al hablar a favor, la congresista Susana Bermúdez Cano manifestó que la institución de la adopción debe ser percibida como un instrumento de protección de derechos humanos de las infancias, pero también como un proceso de amor y de la construcción de un hogar común para niñas, niños y adolescentes que se encuentran en situación de abandono o desamparo familiar.

Afirmó que permite restituir el derecho a vivir en familia de las infancias, a brindarles una mejor protección, asistencia especial y un medio familiar en condiciones adecuadas para su desarrollo, además de constituir una obligación de todas las instituciones del Estado mexicano.

Bermúdez Cano añadió que con la presente reforma se reconoce y garantiza a la adopción como plena e irrevocable, lo que permite crear una situación análoga a la afiliación legítima para con el hijo consanguíneo, ascendientes, descendientes y demás parientes de él o los adoptantes con respeto a él o la adoptada, y se reconoce la igualdad entre los hijos adoptados y los hijos biológicos.

Finalmente, puntualizó que mediante el establecimiento de la adopción como plena e irrevocable se les garantiza un ambiente familiar de cuidado, estabilidad y bienestar permanente, se fortalece el marco jurídico estatal en materia de protección integral de las niñas, niños y adolescentes mediante la incorporación explícita de la adopción como una medida especial de protección.

En su participación, el congresista David Martínez Mendizábal manifestó que cuando se escuchan los problemas y las necesidades reales de la población, se obtienen iniciativas de reforma como la que se discutía.

En su oportunidad, la legisladora Plásida Calzada Velázquez externó que por el alcance y significado del interés superior del menor habrá casos en los que lo más conveniente sea integrar a la persona menor de edad a un núcleo familiar distinto a aquel que se mantengan lazos biológicos, pues el Estado en todo momento tendrá la obligación de buscar una familia idónea para su desarrollo por lo que no en todos los casos convendrá preservar las uniones biológicas, sino verificar la que le resulte más favorable.

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