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La diputada Susana Bermúdez Cano, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato con la finalidad de que las solicitudes de remoción estén debidamente fundadas y motivadas, que cuenten con argumentos sólidos que robustezcan la petición y que se cuente con material probatorio suficiente.
Política13 de febrero de 2025 Redacción
La diputada Susana Bermúdez Cano, integrante del grupo parlamentario del Partido Acción Nacional, presentó una iniciativa de reforma a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Guanajuato con la finalidad de que las solicitudes de remoción estén debidamente fundadas y motivadas, que cuenten con argumentos sólidos que robustezcan la petición y que se cuente con material probatorio suficiente.
Al hacer uso de la voz, la legisladora indicó que la propuesta busca garantizar un adecuado ejercicio procesal en el que la Mesa Directiva del Pleno del Congreso del Estado delibere con base en un análisis integral de la solicitud de remoción, se detecte si dicha petición se catalogue como frívola, se decrete el archivo definitivo y se inicie con un proceso sancionador.
Bermúdez Cano refirió que no toda solicitud de remoción tendría que someterse a procedimiento si no cuentan con argumentos sólidos y con el material suficiente que determine que la persona diputada que se pretende remover merece ser acreedora de dicha sanción disciplinaria, por lo que en caso de no tener los elementos necesarios la Mesa Directiva decrete su archivo definitivo y sancionar a la persona que presentó la solicitud.
“El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ha sostenido que el término frívolo equivale a lo ligero e insustancial. Lo ligero evoca a cuestiones de poco peso o escasa importancia, y lo “insustancial” a lo que carece de substancia o la tiene en un grado mínimo de contenido o esencia, es decir, lo que adolece de seriedad, se refiere a las cosas inútiles o de poca relevancia”, dijo.
Bermúdez Cano precisó que la frivolidad no requiere de un estudio minucioso por ser cuestiones con escasa importancia, por lo que tales conductas deben reprimirse por lo que también se propone incluir una serie de sanciones para aquellos promoventes que pretendan, sin argumentos ni fundamentos legales, la remoción de cualquier Comisión Legislativa y cause afectaciones públicas a cualquier persona diputada.
“La presente iniciativa es de carácter interno en el Congreso del Estado, sin embargo, si genera un impacto social importante, pues los ciudadanos o el electorado tendrán garantizado que los representantes que eligieron legislen sin ningún tipo de obstáculos políticos, así como las personas legisladoras podrán emitir libremente sus iniciativas, debatir sus ideales sin que exista un mecanismo que de manera frívola vulnere estos derechos”, finalizó.
La iniciativa fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales.

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