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El pleno de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó desechar la queja de los expresidentes del PRI contra el actual dirigente, Alejandro Moreno Cárdenas, por calumnia y violencia política de género. Con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados consideraron correcta la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de no iniciar el procedimiento sancionador ante los dichos del líder del tricolor contra Dulce María Sauri, Pedro Joaquín Coldwell, Enrique Ochoa y Aurelio Nuño.
Política05 de septiembre de 2024 Redacción
El pleno de la sala superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó desechar la queja de los expresidentes del PRI contra el actual dirigente, Alejandro Moreno Cárdenas, por calumnia y violencia política de género.
Con cuatro votos a favor y uno en contra, los magistrados consideraron correcta la decisión del Instituto Nacional Electoral (INE) de no iniciar el procedimiento sancionador ante los dichos del líder del tricolor contra Dulce María Sauri, Pedro Joaquín Coldwell, Enrique Ochoa y Aurelio Nuño.
El magistrado Reyes Rodríguez Mondragón fue el único en indicar la necesidad de análisis por parte de la sala regional especializada del TEPJF, pero se quedó sólo en la votación.
El pasado 19 de julio, la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del INE determinó no iniciar dicho procedimiento contra ‘Alito’, por la presunta comisión de calumnia y violencia política, así como el uso indebido de la pauta oficial del partido político.
Esta decisión fue ratificada por la sala superior al considerar que los agravios eran infundados, “ya que la autoridad administrativa no realizó un juicio de valor acerca de la legalidad de los hechos, en la medida que se limitó a señalar que el contenido denunciado no constituía propaganda político-electoral”, indica el proyecto de sentencia.
También señaló que las expresiones denunciadas se emitieron en el ámbito interno de los partidos políticos, por lo que cuestiones relacionadas con su vida interna la autoridad electoral nacional carece de competencia para intervenir.
Por otro lado, el pleno de la sala superior revocó, por mayoría de votos, la sentencia de la sala regional especializada, que consideró que la imagen de un menor de edad creada a través de inteligencia artificial en la propaganda electoral vulneraba el interés superior de la niñez.
Con ello, ordenó al Instituto Nacional Electoral (INE) modificar los lineamientos para la protección de la niñez y adolescencia, a fin de que considere este tema en la propaganda electoral.
Al respecto, la consejera Carla Humphrey señaló, a través de su cuenta en la red social X, que impulsará reglas “innovadoras”, pues es un tema que incluso ha tratado en el Senado.
El TEPJF determinó que la inclusión de la imagen en sí misma no pone en peligro potencial los derechos de la niñez, pues el uso de la representación creada con inteligencia artificial no corresponde a utilizar la imagen de una persona física menor de edad.
En la sesión pública de ayer, la sala superior determinó que 83 impugnaciones relacionadas al proceso electoral 2024 fueron improcedentes, lo cual muestra que partidos y excandidatos recurrieron a la máxima instancia electoral, para insistir en que se resolvieran sus inconformidades, lo cual no surtió efecto. Estos asuntos no se analizaron, debido a que se presentaron de manera extemporánea o carecían de firma autógrafa.

Aseguró que sus ataques contra supuestas narcolanchas han frenado el flujo marítimo de drogas hacia Estados Unidos.

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