Por fin llega iniciativa de reforma electoral presidencial a la Cámara de Diputados

El proyecto plantea reformar 11 artículos de la Constitución Política y se turnará a comisiones para su análisis y debate, en donde coordinadores legislativos del PRI y el PAN han anunciado, de manera anticipada, que no acompañarán la minuta.
 
Política05 de marzo de 2026 Redacción
sheinbaum-reforma-electoral-25-febrero-2026

Tras semanas de revisiones, la iniciativa presidencial de Claudia Sheinbaum Pardo en materia de reforma electoral llegó a la Cámara de Diputados este miércoles.

El proyecto plantea reformar 11 artículos de la Constitución Política y se turnará a comisiones para su análisis y debate, en donde coordinadores legislativos del PRI y el PAN han anunciado, de manera anticipada, que no acompañarán la minuta.

La reforma, que contará con el respaldo de Morena, según lo anunciado por Ignacio Mier Velazco, coordinador en el Senado de esta bancada, requiere del apoyo del PT y PVEM para pasar, quienes se han pronunciado en contra de diversos puntos de la propuesta

Más allá de cuestiones como que la representación proporcional sea elegida directamente por el voto popular o que disminuya el tiempo de spots electorales en radio y televisión, estos son algunos puntos importantes que la reforma electoral contempla.

Prohibición del dinero del crimen organizado en las elecciones

Sobre la fiscalización de los recursos que reciben los partidos políticos, la minuta estipula que queda prohibido a precandidaturas, candidaturas y candidaturas independientes financiarse u operar con recursos, bienes o servicios “provenientes de actividades ilícitas”.

En este punto, por tanto, se contempla evitar el dinero que pueda provenir del crimen organizado para financiar a determinados actores políticos en las jornadas electorales.

La iniciativa también establece que toda aportación privada deberá realizarse por personas físicas mexicanas, atendiendo a las nomas de debida diligencia e identificación; además, no podrán hacerse aportaciones en efectivo.

Todas las aportaciones de recursos monetarios, entonces, deberán realizarse a través del sistema financiero nacional, mediante transferencia electrónica, el Sistema de Pagos Electrónicos Interbancarios (SPEI) o instrumentos financieros normativos.

Ninguna aportación podrá ser deducible para efectos fiscales y las instituciones del sistema financiero deberán reportar, para fines de fiscalización, estas transacciones al Instituto Nacional Electoral (INE).

Aunado a ello, se prohíbe recibir dinero o donaciones provenientes de algún gobierno, fondo de inversión u organismo extranjero, persona física o moral extranjera, o de ciudadanos que residan fuera del territorio nacional.

Funcionarios podrán promover participación ciudadana

La iniciativa señala que las personas representantes de los Poderes, de los tres órdenes de gobierno, podrán promover la participación ciudadana en los mecanismos de democracia directa, “siempre que no influyan en sus resultados”.

Lo anterior, de acuerdo con la reforma electoral, tendrá que realizarse bajo principios de “imparcialidad y neutralidad”.

Regulación de IA en las jornadas electorales

El proyecto de Sheinbaum señala que todo contenido relacionado a los procesos electorales que sea modificado o alterado mediante el uso de inteligencia artificial o cualquier otra tecnología, deberá estar etiquetado por su emisor, para facilitar su identificación.

En este punto, se menciona que las personas concesionarias de radio o televisión, así como las plataformas de servicios digitales, serán responsables de identificar, evitar la difusión y advertir sobre “contenido no etiquetado”.

“La ley establecerá las responsabilidades, medidas y sanciones aplicables”, estipula.

Mayor fiscalización de los gastos de partidos políticos

De acuerdo con la iniciativa, todos los ingresos, egresos y demás operaciones financieras de los partidos políticos, nacionales y locales, así como de precandidatos y candidatos, deberán ser reportados cotidianamente, con fines de fiscalización.

Los reportes y avisos de las operaciones de los aspirante a cargos públicos sólo comprenderán los periodos de precampaña y campaña.

La información recabada tendrá un “carácter confidencial” y será reservada sólo para su uso en los procedimientos legales de fiscalización, sin que su alcance abarque los registros de candidaturas.

Adiós a la “lista de pluris”

Uno de los puntos más controvertidos de la reforma electoral es que le dice adiós a la “lista de pluris” que definen los dirigentes políticos.

Ahora, la asignación de las 200 diputaciones será alternada con base en las personas que, no habiendo obtenido el triunfo electoral, hayan obtenido los mejores porcentajes de votación distrital emitida de su partido, alternada con el sistema de mayor porcentaje de votación individual correspondiente.

Sobre las diputaciones elegidas por ciudadanos fuera de México, se asignarán al partido que corresponda, en cada circunscripción, iniciando por aquella en la que el partido haya obtenido un mayor porcentaje de votación.

Finalmente, indica que la ley establecerá las reglas a observar para realizar ajustes necesarios en la asignación que corresponda a los partidos.

Otros puntos que la reforma electoral contempla

Los partidos políticos y autoridades electorales tendrán que garantizar “acciones afirmativas” a favor de personas de pueblos indígenas y afromexicanos.

Las autoridades de seguridad e inteligencia financiera establecerán mecanismos de coordinación institucional con el INE para proporcionar información relativa al registro de candidaturas, para “salvaguardar la integridad del proceso electoral”.

Se reconoce el derecho ciudadano a participar en consultas populares, referéndums, plebiscitos y “cualquier otro mecanismo de democracia directa”.

Los resultados en mecanismos de democracia directa serán vinculantes para el ayuntamiento siempre que la participación total corresponda, al menos, al 40% de la ciudadanía inscrita en dicha lista nominal.

El órgano público electoral tiene a su cargo la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados de los mecanismos de democracia directa.

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