
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) celebró la sesión ordinaria correspondiente al mes de mayo, en la que se presentaron diversos informes mensuales:
Este 17 de abril se publicó en el DOF la reforma al artículo 261 del Código Penal Federal sobre este delito y que aumenta las penas de prisión
18 de abril de 2024 RedacciónA partir de este 18 de abril entra en vigor la pena de 30 años de cárcel para quienes cometan abuso de algún menor de 15 años, luego de que este miércoles se publicara en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el decreto por el que se reforma el artículo 261 del Código Penal Federal sobre este delito y que aumenta las penas de prisión por esta causa.
Originalmente la condena de cárcel para quienes cometieran abuso sexual de algún niño o niña menor de 15 años era de 6 a 13 años, por lo que con la adición a un tercer párrafo al artículo 261 Bis, la pena aumenta a 30 años.
El artículo reformado detalla que la condena aumentará en una mitad en su máximo y mínimo cuando el abuso sexual se cometa por dos o más personas y también cuando el que incurra en este delito tenga algún parentesco con la víctima, ya sea su tutor legal o padrastro de la víctima.
El castigo también aplica en los casos cuando el que cometa abuso sexual tenga algún cargo público y que utilice los “medios o circunstancias” a su favor.
El decreto que fue publicado este miércoles 17 de abril entrará en vigor este 18 de abril.
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Guanajuato (IEEG) celebró la sesión ordinaria correspondiente al mes de mayo, en la que se presentaron diversos informes mensuales:
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